Antes de entrar en el comentario del Reglamento que Parques Nacionales ha implantado para la temporada 75-76, comentario que haremos con espíritu netamente constructivo, digamos que lo importante es que existe un reglamento de Parques Nacionales, y que el mismo hay que cumplirlo y hacerlo cumplir.

Al decir “cumplirlo”, hago por supuesto hincapié en los pescadores. 

Y al decir “hacerlo cumplir”, estoy pensando en las autoridades, las de arriba y las de abajo y las del medio, porque ahí, en hacer cumplir lo escrito y decretado, en poner toda la decisión de la autoridad, en utilizar todos los medios al alcance, está justamente la necesidad imperiosa de la pesca deportiva para salvar del desastre y de la depredación a nuestras maravillosas aguas trucheras.

Para eso, es preciso el esfuerzo de todos.

El reglamento no es suficiente con que esté escrito.

Hay que hacerlo conocer, promoviéndolo, publicándolo de todos los modos posibles, para que llegue, para que sirva a los efectos para los cuales fue creado.

Hay que explicarlo, dar las razones que lo fundamentaron, y así motivar al público hacia su cumplimiento.

Hay que exhortar al soberano a la reflexión, y de allí, orientarlo hacia la práctica sana del deporte walfoniano.

Hay muchas maneras de hacerlo, y, no me cabe duda, están a mano los medios para hacerlo.
Una enorme cadena de radiodifusión, el monopolio absoluto de la televisión porteña, el apoyo que una cosa de este tipo prestan, sin duda los medios gráficos privados, y la enorme estructura de Télam, son por supuesto algo que las autoridades, si se ponen a hacerlo, pueden usar eficazmente.

Lo que lamentamos nosotros, es que no faltará el funcionario que al leer estas líneas diga con una sonrisa sobradora “este tipo está plantado!”. Yo pienso que si eso dice ese funcionario nada tiene que hacer en Parques porque no entiende la cosa. Estaría mejor en la Dirección de Barrido y Limpieza.

La sana utilización de los medios de difusión a disposición del Estado Nacional está al alcance de Parques nacionales para difundir sus Reglamentos, para educar al soberano, y, esto es vital, empezar por enseñarle al niño, al chico, estas cosas que le van a hacer sin duda, un gran bien a él como formación hacia el futuro.

El día que los argentinos aprendamos el valor de la imagen que nuestro país proyecta hacia afuera, hacia el mundo que nos mira, y que advirtamos el valor de estas cosas, de esta educación, para la definición de esa imagen, habremos dado un gran paso en la solución de los tantos problemas y conflictos que nos afligen.

Sintetizando el introito, pretendemos que se difundan los reglamentos por todos los medios. Que se los haga cumplir por todos los medios. Y que los cumplan los señores pescadores, pero que los cumplan con creces en todos los sentidos. Es preferible devolver al agua pescados de medidas mayores a las exigidas, por ejemplo. Y practicar las especialidades realmente deportivas, como la mosca y el spinning, dejando a un lado de una buena vez el retrógrado y nada deportivo trolling, permitido por los reglamentos pero desechado por el buen gusto.

Bien.

Vayamos al Reglamento en sí mismo.

Volviendo a reiterar que las críticas que haremos son constructivas, y en medida alguna significan minimizar su importancia ni la estricta necesidad de su cumplimiento.

En el artículo 2º dice que la temporada se cerrará el 15 de abril o el ultimo día de Semana Santa si éste es el posterior al 15 de abril.

Entiendo que no es posible que se establezca una fecha de cierre basada en otra razón que no sea la biológica, la que obedezca a necesidades reproductivas. Y esto de la Semana Santa tiene olor a hotelería.

En los artículos 9º; 10º; 11º y 12º se dan normas para la realización de concursos, pero en ningún articulado advertimos un contenido destinado al conservacionismo directamente, tal como los que emplea por ejemplo la Federación Metropolitana de Pesca y Lanzamiento obligando a devolver TODAS LAS PIEZAS VIVAS AL AGUA, previa medición de las mismas para su valoración en el Concurso. Recordemos que en el caso de la Federación Metropolitana se hace devolver al agua bagres y otras especies no extinguibles. Parques debe hacerlo con más razón en las riquezas bajo su custodia, que son extinguibles.

En el artículo 16º se aplica una multa de $1.000 a quien pesque en lugares y épocas prohibidas. Nos parece demasiado poco como castigo a un infractor tan notorio como el del caso.

El artículo 17º no prevé sanciones rígidas al extremo para quien use explosivos o substancias toxicas, dejando a un lado, dice, la sanción penal que pudiera corresponderle al autor. Creemos que el Reglamento debe ser explícito y condenar a cárcel no redimible con multa, y con el máximo plazo posible, a infractores de esta naturaleza.

Recordemos que en España tienen estos sujetos 25 años de cárcel. Y allí no es un decreto. Hay varios españoles que creyeron que un decreto y ahora están en Carabanchel… desde hace unos cuantos años y por otros tantos más.

El artículo 20º trata de que no se podrán acercar las embarcaciones que pesquen en la especialidad trolling a menos de 300 mts de las desembocaduras o nacientes de los ríos. El reglamento anterior, sin ser mucho mejor marcaba 500 mts, como medida mínima. Los lagos son enormes. Tienen centenares de kilómetros de costa. ¿Hay necesidad de que los “troleros”, que ya bastante daño hacen con sus ganchos, tengan buen espíritu deportivo de los pescadores realmente deportivos? Proponemos para eso una distancia mínima de 1000 mts, y, por favor, aplicar sanciones severas, pues ese artículo marca una multa de $300 a $1000, la cual es sencillamente ridícula! 

El artículo 21º señala textualmente; “no podrá hacerse un acopio mayor de 25 piezas, cualquiera sea el numero de pescadores que lo produzcan y el tiempo de duración del permiso obtenido” su infracción tiene una multa de $300 a $1000...

Al decir cualquiera sea el numero de pescadores, ¿se pude entender que el mismo puede ser uno?

Y la cifra de multa, ¿no es también absurda?

En el artículo 22º, al hacer referencia a obstaculizar el paso de los peces en los cursos de agua dice que ello está prohibido y que, cuando lo mismo se hubiera autorizado podrá exigirse la instalación de escalas de peces por cuenta de quien hubiera hecho construir dichos obstáculos, quien deberá atender su cuidado.

AQUÍ ESTAMOS TOTALMENTE DE ACUERDO, Y SUGERIMOS, SERIAMENTE, QUE EL SERVICIO DE PARQUES NACIONALES DEMANDE AL ESTADO NACIONAL, A LA DIRECCION DE AGUA Y ENERGIA Y A QUIEN SEA NECESARIO, PARA QUE LOS MISMO CONSTRUYAN DE INMEDIATO ESCALAS DE PECES EN LAS REPRESAS DEL CHOCON, FUTALEUFU Y ALICURA, éstas últimas en construcción.

Eso es hacer cumplir los reglamentos. Si la justicia existe, como creemos que sí, los mismos serán cumplidos.

Quedaría solamente por ver la hoja 2 del Reglamento, en lo que se refiere a Particularidades, es decir los lugares vedados o semiprohibidos.

Creo que sería interesante, es común en otros países, vedar los lagos para el trolling con el sistema de zonificación alternada.

Asimismo, extendería los lugares limitados a la pesca con mosca solamente.

Boca del Río Chimehuin y Boca del Río Limay en el Lago Nahuel Huapi, son dos lugares demasiado notables en el mundo, como para que los argentinos convengamos en la necesidad de que los mismos sean realmente protegidos, conservados, y tratados con reglamentaciones especiales que aseguren las maravillosas condiciones que los mismos ofrecen, únicas en su género.

Esto no pretende ser –como algún espécimen pseudosocializante puede sugerir mañosamente- ningún tipo de privilegio para nadie.

Ser mosquero no es privilegio sino que es vocación, es gusto, es pasión, y los hay muchos, los más quizás.

Así que no caer en las cursilerías comunes de lo social, de lo justo, de lo igualitario. Para eso hay que hacer otras cosas, hay que pensar en las cosas grandes que nada tienen que ver con la pesca, la que es ni debe ser pasto de demagogos ni macaneo de aspirantes a sociólogos. Dejen la pesca tranquila, por favor.

Y si de igualar se trata, que sea para arriba y no para abajo.

O es más “social”, más “justo” y más “humano”, que al final no se pueda pescar con nada en ningún lado, porque los peces desaparecieron perseguidos por el “pueblo”. Y lo pongo entre comillas porque el pueblo es merecedor de todo, pero el que no cumple los reglamentos, el que pesca con carnada allí, el que deja todos los desperdicios tirados después de un campamento, el que marca con pintura su nombre en las rocas milenarias, el que falla los arboles de nuestros Parques Nacionales para poner dibujos de corazones enamorados, el que incendia, el que depreda, el que mata por matar, el que sala pescado como quien se prepara para un largo invierno como esquimal polar (son los más lejos de lo civilizado), el que tira piedras al río cuando uno está pescando, el que acampa donde no debe, el que cree que tiene derecho a llevarse todo lo que encuentra en un Parque Nacional, así se trate de un pedazo de la cruz de la tumba del Perito Moreno, ese es el “pueblo” que pongo entre comillas para diferenciarlo del otro, respetuoso y armónico.

Terminemos con esto: los reglamentos son para cumplir y hacerlos cumplir.